Regimenes
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Para Jiménez de Parga , los regímenes políticos son “las soluciones que se dan de hecho a los problemas de la convivencia política en los distintos pueblos”. Para Duverger , "un conjunto de instituciones políticas en vigor en un país y momentos dados, constituyen un régimen político”. Los regímenes políticos son como constelaciones cuyas estrellas son las instituciones políticas. Los regímenes políticos constituyen redes coherentes y coordinadas de instituciones, con una estrecha interdependencia entre si. Advierte este autor que cuando se quiere destacar la interdependencia entre un régimen político y el contexto social en que se desarrolla, se habla maás bien de "sistema político". Pero para é1, 1as expresiones "sistema político" y "régimen político" son prácticamente sinónimas, y se usan indistintamente. Pero conviene distinguir 1os términos con más precisión.

 

Sistema y régimen político

* Sistema político es una clase particular de sistema. Es una colección de unidades políticas reconocibles, que se caracterizan por su cohesión (juntos forman un todo) y por su covarianza (juntos cambian). Puede definirse como un conjunto de estructuras políticas coordinadas. Así se 1as puede considerar formalmente, aunque no existan en 1a misma forma en la realidad. Sistema tiene, por consiguiente, un carácter mas abstracto que régimen. Viene a ser un esquema, del que siempre escapa la realidad por alguna parte. E1 sistema se presta mas a la teoría que e1 régimen. Y es mas fácil de conformar tipos homogéneos y tipologías con sistemas que con regímenes. Se podría decir que sistema denota los elementos comunes a varios regímenes.

 

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* Régimen, en cambio, significa algo más concreto y complejo. En su marco se inscribe 1a realidad política. Régimen hace referencia a los distintos tipos concretos de organización política. Todo régimen tiene e1ementos que son supervivencias de regímenes anteriores y tiene ciertas prefiguraciones de otros futuros. E1 régimen abarca no sólo el aspecto estructural, sino también el funcional. El régimen contiene no sólo lo constitucional y normativo, sino también 1o sociológico y real. Todo régimen concreto apunta a su correspondiente sistema, que trata de realizar según su propia infraestructura económica y social. Así, por ejemplo, hay diferentes regímenes que tratan de evidenciar en 1a práctica un mismo sistema (ya sea este capitalista o socialista). Se da e1 caso de que una mayoría de ciudadanos de un país estén rechazando un régimen y no estén rechazando el sistema dentro del cual el régimen funciona. Criticamos, con frecuencia, abierta y fuertemente, muchos de nuestros regímenes democráticos, pero no quisiéramos cambiar nuestro sistema democrático por un sistema totalitario.

Lucas-Verdú distingue varios elementos en e1 "régimen político":

1) un techo ideo1ógico (1ibera1, socialista, comunista, fascista, demócrata-cristiano..);

2) un modo concreto de organización política (Estado unitario o Estado federal; parlamentario o presidencialista);

3) una estructura social, "en cuanto modo arquitectónico que configura la sociedad política".


Resumiendo, afirma que "el régimen político supone una síntesis de elementos ideológicos y de organización política, en su correspondiente estructura social, que hace más expresiva la caracterización de las diferentes formas políticas existentes" [1].


Tipos de regímenes políticos

Nos parece útil recoger en forma casi esquemática, algunas
(no todas) de las principales tipologías en que se han intentado
clasificar las diferentes formas de organización política o
"regímenes políticos". Unas 1as podemos llamar clásicas
(Aristóteles, Montesquieu); otras modernas (Biscaretti, Aron);
y otras recientes (Burdeau, Jiménez de Parga).

1. Para ARISTÓTELES, las formas mejores de organización política son tas que tienden "hacia un interés común". Son ellas: la Monarquía, la Aristocracia y la República. En 1a monarquía el gobierno está en manos de uno; en la aristocracia mandan mas de uno, pero no todos; en la república o gobierno constitucional decide la multitud de los ciudadanos (todos o la mayoría de ellos). A estas tres formas puras se contraponen tres formas viciosas o corrompidas de gobierno, que son las que sólo sirven a los intereses privados y no a1 provecho de 1a comunidad. Son ellas: la Tiranía (que busca el interés de uno solo, e1 monarca); la Oligarquía (que busca el interés de unos pocos, los ricos); y la Democracia (que busca e1 interés de 1os pobres, de1 pueblo). Es la más soportable de las formas viciosas.

2. Para MONTESQUIEU, existen tres formas de gobierno:

República, Monarquía y Despotismo. "El gobierno republicano es aquel en que el pueblo en conjunto, o solamente una parte de1 pueblo, tiene el poder soberano; el monárquico, aquel en que gobierna uno solo, pero con leyes fijas y establecidas; mientras que en el despótico, uno solo, sin 1ey y sin regla, lo arrastra todo por voluntad y su capricho" [2]. Es interesante observar cómo en su Teoría de 1os gobiernos, Montesquieu considera que hay una doble posibilidad de República: la democrática, cuando el que gobierna es todo e1 pueblo; y la aristocrática, cuando e1 que gobierna es una parte selecta de1 pueblo. Tanto en la monarquía como en el despotismo, gobierna uno solo. Pero en la primera, el gobernante está sujeto a Leyes fijas y establecidas, y existen además poderes intermedios que sirven de canales de contención a su posible desmán (tales 1os nobles, el clero y el poder de 1as ciudades).

Vale la pena destacar otro aporte de Montesquieu cuando é1 habla del "principio" de cada forma de gobierno, es decir de "lo que 1e hace obrar". Hoy llamaríamos a eso 1os "resortes" de cada tipo de gobierno, es decir aquello en que se apoya e1 buen funcionamiento de cada tipo de gobierno. Para 1a República democrática es 1a "virtud cívica"; para la República aristocrática es la "moderación"; para la Monarquía es el "honor" (punto de honra); para e1 Despotismo es el "temor" impuesto por e1 tirano a sus súbditos.


3. Para BISCARETTI DI RUFFIA [3] tres son las formas de Estado: los Estados de democracia clásica, los Estados autoritarios, y los Estados de democracia progresiva:

- E1 Estado de democracia clásica es "el gobierno de la mayoría respetando 1os derechos de la minoría". Está regulado por la "técnica de 1a libertad" (el Derecho Constitucional).

- E1 Estado autoritario supone que ciertas minorías bien dotadas (élites) son superiores a las masas: aquellas deben gobernar a estas. Es el gobierno en el que "el interés de la colectividad es interpretado autoritariamente por e1 más capaz". Está regulado por "la técnica de la autoridad".

- E1 Estado de democracia progresiva presupone que los factores económicos-sociales tienen un primado absoluto sobre 1as normas jurídicas. Es e1 Estado socialista, regulado por "1a técnica pura y simple".


4. Para ARON, el sistema de partidos de un país condiciona de tal modo su política (dado que hoy la vida política está configurada en torno a la representación), que ese es e1 criterio para distinguir 1os regímenes políticos [4]. Se dan dos tipos de regímenes muy opuestos entre sí: regímenes de pluripartidismo y regímenes de partido único.

- En los regímenes de pluripartidismo existe "una organización constitucional de la concurrencia pacifica para el ejercicio de1 poder". Es decir, hay una "concurrencia": se admite legalmente la oposición al poder establecido. Esa concurrencia es "pacifica": se excluye e1 uso de la fuerza. Hay una "Constitución", escrita o consuetudinaria, que regula e1 ejercicio de1 poder político y pone limites a sus posibles abusos. E1 resorte de este tipo de regímenes (e1 "principio" en lenguaje de Montesquieu) que 1es permite un buen funcionamiento, es "el compromiso". Dice Aron que "un régimen pluripartidista funciona bien cuando hace un buen uso del compromiso".

- En 1os regímenes de partido único "se otorga e1 monopolio de la actividad política legitima a un solo partido". Esto tiene sus consecuencias. El Estado no sólo se coloca por encima de ''las luchas partidistas, sino que se casa indisolublemente con un único partido, se vuelve un Estado de partido (Etat-Partisan). El Estado limita el debate público, no tolera otras ideologías distintas a las de su partido. E1 ejercicio del poder tiende a ser absolutista y autoritario. El régimen de partido único comporta un fuerte elemento de violencia. Y su resorte (su "principio") de funcionamiento suelen ser la fe ciega y el temor impuesto por el régimen [5].

5. Para BURDEAU la división de los regímenes contemporáneos va por la línea divisoria de regímenes autoritarios y regímenes democráticos. Pero dentro de cada grupo hay sub-tipos y variedades de regímenes [6].

- El régimen autoritario es una solución política donde un hombre ocupa el primer puesto y el resto de instituciones político-jurídicas ocupan el segundo y tercer puesto. Es "el reino del Jefe". Hay varios sub-tipos o especies:

+ El Cesarismo, de carácter muy empírico y pragmático, donde un caudillo manda, sin mucha ideología y sin partido (ejemplo Somoza en Nicaragua, Stroessner en Paraguay).

+ La Dictadura, de carácter ideológico, que pretende justificar el ejercicio dictatorial del poder con una cierta doctrina, por lo general abstracta y volátil (ejemplos Pinochet en Chile,Viola en Argentina, Figuereido en Brasil...).

+ El Gobierno totalitario con una fuerte base ideológico-utópica, un partido único, y un poder altamente concentrado en pocas manos e individualizado en su cúspide (ejemplos Stalin en URSS, Castro en Cuba..).

- El régimen democrático intenta ser "el Reino de todos", en cuanto que los que toman las decisiones políticas fundamentales (a través del Ejecutivo y del Legislativo) tienen que ser representantes legítimos del Pueblo y contar siquiera con la mayoría de votos de los ciudadanos. Su "principio" o "resorte" de buen funcionamiento en el diálogo [7].

Los regímenes democráticos pueden clasificarse en varios subtipos o especies según tengan un régimen presidencialista o un régimen parlamentarista (o de Asamblea):


+ Régimen presidencialista: El Jefe de Gobierno es a la vez Jefe de Estado (ejemplos: Venezuela, México, EUA, Costa Rica, Colombia, Perú, Ecuador).

+ Régimen parlamentarista: el Jefe de Gobierno o Primer Ministro es diferente del Jefe de Estado, quien a su turno puede ser o Monarca o Presidente electo por sufragio (ejemplos: Inglaterra, España, Bélgica, Holanda, Suecia donde los Jefes de Estado son monarcas; Italia donde el Jefe de Estado es Presidente).

6. Para JIMÉNEZ DE PARGA, los actuales regímenes políticos se pueden sencillamente clasificar en tres grandes grupos [8].

- Las democracias
+ Regímenes democráticos con tradición democrática
+ Regímenes democráticos sin inmediata tradición democrática

-Las monocracias marxistas
+ Monocracias populares (Cuba)
+ China comunista

-Los regímenes del Tercer Mundo
+ Países en desarrollo con tradición democrática
+ Países recientemente descolonizados.

 

Apreciación de los varios regímenes

Dado que existe una evidente pluralidad de sistemas de gobierno y regímenes políticos, para poder comprender uno de ellos en su peculiar naturaleza y organización y compararlo con otros, hay que atender a varios aspectos principales. Hay que tratar de responder a una serie de preguntas.

¿Cómo está organizado e1 Estado? ¿Cuáles son 1as instituciones supremas y decisorias del Poder Público? Para tener la respuesta ayuda conocer la Constitución política vigente, si se trata de países con una Constitución normativa, que refleja lo que en realidad existe. No así cuando se trata de Constituciones semánticas que sirven de pantalla retórica a la realidad política existente. Hay que preguntarse qué tanto poder está asignado a cada una de las instituciones. Se encontrará, en concreto, que el poder es o monista o pluralista.

¿Cuál es el sistema de partidos que existe de hecho? Como este es un factor que condiciona tanto el sistema de gobierno, es importante identificarlo y precisarlo. Ayuda mucho para comprender cómo funciona e1 conjunto del sistema de gobierno, el saber si lo que existe allí es un sistema de partido único o de partido dominante o de bipartidismo o de multipartidismo.

¿Cuál es e1 sistema de cooptación de las personas a 1os puestos de mando dentro de dicho sistema o régimen político? ¿Cuáles son los mecanismos legales y constitucionales previstos para el nombramiento de las autoridades y jefes de gobierno? Es decir, hay que tratar de descubrir cono es, en cada caso concreto, el proceso de formación de la voluntad política en dicho sistema de gobierno o régimen. Se encontrará que es un proceso de consenso o un proceso de fuerza.

¿Cuáles son los intereses de clase o grupos sociales que dominan el aparato de1 Estado? Es interesante tratar de descubrir la relación que tiene 1a sociedad y los grupos sociales con el proceso de gobierno de un Estado. ¿ Es un tipo de Estado que permite el juego de cuerpos intermedios y de formas sociales de participación política?, o ¿ un tipo de Estado que tiende a absorber en si toda la sociedad?

¿Cuál es la apreciación ética del régimen? Así como existe en la Política una dimensión axiológica, que se refiere a los valores y criterios con que se maneja la política tanto individualmente como colectivamente, es necesario a veces poder emitir un juicio de valor o dar una calificación ética sobre un régimen. Este juicio no se puede hacer sino confrontando el "deber ser" de la sociedad que se tiene en mente, y "lo que es" la realidad en si.

Como hay diversos "ideales" y "utopías" de sociedades políticas, el juicio de valor es muy relativo y está casi siempre ligado a una "ideología". Sin embargo, hay elementos para juzgar de los regímenes, si son buenos o malos, sobre los que hay prácticamente un consenso entre autores antiguos y modernos. El criterio del bien común es uno de ellos. Ya Aristóteles hacía uso de este criterio para señalar las formas viciosas o corrompidas de gobierno, que son las que solo sirven a los intereses privados y no al provecho general de la comunidad. Francisco de Vitoria distinguía muy bien entre el gobierno dirigido al bien público o al interés particular [9].

Si aceptamos la formulación de Bien común que dió Juan XXIII, como "e1 conjunto de las condiciones sociales que permiten o favorecen en los seres humanos el desarrollo integral de su persona", podemos decir que un régimen político que guarde e incremente las posibilidades positivas con las que todos y cada uno de los ciudadanos atiende al desarrollo integral de su persona, es un régimen político éticamente bueno.

Para un juicio de 1as estructuras y funcionamiento concreto de un sistema o régimen político, así como para una comparación entre varios sistemas o regímenes, puede servir mucho la aplicación de un análisis entructural-funcionalista como el que ofrecen Almond y Powell [10].


De todos modos, no existe e1 sistema ideal de gobierno. Por lo general habrá que escoger el menos malo y el que más se adapte a las circunstancias históricas e idiosincrasia de cada pueblo. Conocida es la fórmula de1 Libertador Simón Bolívar [11]:


"E1 sistema de Gobierno más perfecto, es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social, y mayor suma de estabilidad política".

 

[1] Pablo Lucas-Verdú (1958): Introducción al Derecho político, Barcelona, p.115 -116.

[2] Montesquieu : De1 Espíritu de las Leyes, Tomo 1°, Libros II y III.

[3] Biscaretti di Ruffia (1965): Derecho Constitucional, Madrid , Párte la, cap 4.

[4] R. Aron (1958): Sociologie des sociétes industrielles. Esquisse d'une théorie des régimes politique, París (mimeo), Curso en 1a Sorbona

[5] Observamos que 1a clasificación mencionada no coincide exactamente con 1a que suele hacerse de regímenes capitalistas y regímenes socialistas. Hay regímenes capitalistas de partido único (ejemplos fueron e1 fascismo, el nazismo, el franquismo). Y hay regímenes de un socialismo democrático con sistema pluripartidista (Alemania federal, Suecia, Austria..). Observamos también que la clasificación no permite ubicar ciertos regímenes intermedios como son los llamados de "Partido dominante" (México) y de "Bipartidismo dominante" (EUA, Colombia).

[6] Georges Burdeau (1967): Traité de Science Politique, Paris Pichon-Durand, Tome IV, Title 2

[7] "La idea de diálogo expresa 1a filosofía profunda de la democracia!" (Georges Vedel). M. Jiménez de Parga (1974): Los regímenes políticos contemporáneos, Madrid Tecnos, Tomo le, pp 150 ss.

[9] Francisco de Vitoria: De iure belli (del derecho a la guerra), n° 12.

[10] G.A. Almond - G.B. Powell (1978): Política comparada, Buenos Aires Pa1dós.

[11] Simón Bolívar (1818): Discurso ante e1 Congreso de Angostura, 15 de febrero, Obras completas. Tomo V°, Bogotá Tiempo Presente 1979, p.339.